Realizamos el Plan de Autoprotección de su edificio, proporcionando el asesoramiento técnico preciso para su implantación, teniendo en cuenta la normativa vigente RD393/2007, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, así como la normativa autonómica complementaria o sectorial correspondiente. Su elaboración, implantación, mantenimiento y revisión es responsabilidad del titular de la actividad.  

Sirve para implantar un Plan de Emergencias y poder recoger además la información referente al edificio en que sea de aplicación en cuanto a sistemas de seguridad y protección para los usuarios del mismo. Es elaborado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad.


 


"Los planes de emergencias pretenden optimizar la utilidad de los recursos técnicos y humanos disponibles de manera que las emergencias sean rápidamente controlables y sus consecuencias sean mínimas"


¿ QUÉ ES ?
El Plan de Autoprotección es un sistema de control y gestión de la seguridad en las actividades que comprende: 

  • el análisis y evaluación de los riesgos
  • el establecimiento de objetivos y medidas de prevención
  • la definición de la organización de medios humanos y materiales disponibles para la prevención de riesgos
  • la intervención en emergencias, el establecimiento de los procedimientos de actuación ante emergencias que garanticen la evacuación y/o confinamiento e intervención inmediata 
  • la coordinación de las acciones a ejecutar con el sistema público de Protección Civil.

SERVICIOS

1. Elaboración de Planes de Emergencia y Autoprotección 


Nos encargamos de la elaboración completa de su plan de Autoproteccion y Emergencia, así como una auditoría y análisis de riesgos en las instalaciones

Metodología del Trabajo
 
  • Información al cliente y Planificación de los trabajos.
  • Visita al establecimiento para conocer las instalaciones del cliente, tomar datos in situ y evaluar los posibles riesgos. 
  • Realización del Plan de Autoprotección, Plan de Emergencia o Plan Territorial de Protección Civil, según el Real Decreto 393/2007 de aplicación en el caso de Planes de Autoprotección u otra normativa autonomía complementaria o sectorial correspondiente. 
  • Registro del Plan de Autoproteccion en la Administracion Publica competente
  • Auditoría de cumplimiento de la normativa existente (DB-SI del CTE) y análisis de riesgos  con el diagnóstico de los principales elementos de riesgo y vulnerabilidades de seguridad de las instalaciones.

2. Implantacion y Mantenimiento

A. Formación de los integrantes del Plan de Autoprotección, Plan de Emergencia o Plan Territorial de Protección Civil (Plan de Emergencia Municipal)

  • Capacitamos y formamos al personal para establecer unos mecanismos eficaces de acción y coordinación en caso de emergencia: Extinción de Incendios, Evacuación y Primeros Auxilios. 
  • Facilitando un manual con las obligaciones de cada persona-cargo que interviene en el Plan.
  • Establecemos mecanismos de informacion al publico, así como la indicación de los medios y recursos precisos para la aplicacion del plan.
  • Sesión formativa previa a la realización de los simulacros de emergencia..
  • Se indicará los  mecanismos adecuados de información de los riesgos de la actividad para el personal y el público,  indicando la colocación de tantos planos de evacuación en como sean necesarios para una correcta información del público. 
   

B. Mantenimiento y Simulacros de Emergencia

  • Gestionamos la preparación y realización del simulacro de emergencia y evacuación de ocupantes de sus instalaciones.
    Dicho simulacro permite comprobar de que los conocimientos proporcionados en la fase de implantación han sido correctamente adquiridos, por el personal del establecimiento.
  • Organización y estudio de las circunstancias particulares de cada establecimiento y actividad.
  • Coordinación con los servicios municipales de Proteccion Civil o competentes en cada caso; ya sea autonomico o estatal.
  • Evaluación y Analisis del simulacro, así como la elaboracion del Informe de conclusiones para su presentación en el órgano competente.


 

 



 


 

 


 

 

CUANDO ES NECESARIO UN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
Realizaramos las gestión integral para la legalización del plan de Autoprotección de su actividad.
AActividades industriales, de almacenamiento y de investigación. Establecimientos en los que Intervienen Sustancias Peligrosas, Aquellos en los que están presentes sustancias peligrosas, Las actividades de almacenamiento de productos químicos, Establecimientos en los que intervienen explosivos, Actividades de Gestión de Residuos Peligrosos, Explotaciones e industrias relacionadas con la mineria, Instalaciones de Utilización Confinada de Organismos Modificados Genéticamente, Instalaciones para la Obtención, Transformación, Tratamiento, Almacenamiento y Distribución de Sustancias o Materias Biológicas Peligrosas

BActividades de infraestructuras de transporte. Tuneles, Puertos Comerciales y Aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias.Estaciones e Intercambiadores de Transporte Terrestre: Aquellos con una ocupación igual o superior a 1.500 personas. Líneas Ferroviarias metropolitanas. Túneles Ferroviarios de longitud igual o superior a 1.000 m. Autopistas de Peaje. Áreas de Estacionamiento para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril.

C Actividades e infraestructuras energéticas. Instalaciones Nucleares y Radiactivas, Infraestructuras Hidráulicas. Centros o Instalaciones destinados a la Producción de Energía Eléctrica: con potencia nominal igual o superior a 300 MW. Instalaciones de generación y transformación de energía eléctrica en alta tensión.

DActividades de infraestructuras de transporte. Tuneles, Puertos Comerciales y Aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias.


EActividades de espectáculos públicos y recreativas. En edificios cerrados: Con capacidad o aforo igual o superior a 2000 personas, o con una altura de evacuación igual o superior a 28 m. Instalaciones cerradas desmontables o de temporada: con capacidad o aforo igual o superior a 2.500 personas. Al aire libre: En general, aquellas con una capacidad o aforo igual o superior a 20.000 personas.

FActividades industriales y de almacenamiento: Aquellas con una carga de fuego ponderada y corregida igual o superior a 3.200 Mcal/m2 o 13.600 MJ/m2. Instalaciones frigoríficas con líquidos refrigerantes del segundo y tercer grupo cuando superen las cantidades totales empleadas en 3t.

GActividades sanitarias. En los que se prestan cuidados médicos en régimen de hospitalización y/o tratamiento intensivo o quirúrgico, con una disponibilidad igual o superior a 200 camas. Cualquier otro establecimiento de uso sanitario que disponga de una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas.

HActividades docentes. Destinados a personas discapacitadas físicas o psíquicas o a otras personas que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios. Cualquier otro establecimiento de uso docente siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas .
IActividades residenciales públicas. Aquellos en los que se desarrollan actividades de residencia o centros de día destinados a ancianos, discapacitados físicos o psíquicos, o aquellos en los que habitualmente existan ocupantes que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios y que afecte a 100 o más personas. Cualquier otro establecimiento de uso residencial público siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a 2000 personas.

JOtras Actividades. Todos aquellos edificios que alberguen actividades comerciales, administrativas, de prestación de servicios, o de cualquier otro tipo, siempre que la altura de evacuación del edificio sea igual o superior a 28 m, o bien dispongan de una ocupación igual o superior a 2.000 personas. Instalaciones cerradas desmontables o de temporada con capacidad igual o superior a 2.500 personas. Instalaciones de camping con capacidad igual o superior a 2.000 personas. Todas aquellas actividades desarrolladas al aire libre con un número de asistentes previsto igual o superior a 20.000 personas.
CONTENIDO MINIMO
1 Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad.

2 Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla.

3 Inventario, análisis y evaluación de riesgos. Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección.
  
4 Programa de mantenimiento de instalaciones.

5 Plan de actuación ante emergencias.


6 Integración del plan de autoprotección en otros de ámbito superior.

7
Implantación del Plan de Autoprotección.

8 Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección.

9 Anexo I. Directorio de comunicación.


10 Anexo II. Formularios para la gestión de emergencias.

11 Anexo III. Planos.


12 Anexo IV. Observaciones.


13 Anexo IV. Definiciones.

PLAN TERRITORIAL DE EMERGENCIA

Realizamos el Plan Territorial de Emergencia de su municipio, que permitirá organizar los medios y recursos de que disponga su Ayuntamiento y la coordinación de los Servicios llamados a intervenir en caso de emergencia. Es un documento que se elabora para hacer frente a las situaciones de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria que puedan surgir en su municipio 

  • Planificamos las situaciones de riesgo o de emergencia grave y los mecanismos que permita la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios, así como el esquema de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas que intervengan y de éstas con los particulares.
  • Analizamos la dotación de infraestructuras existentes en su municipio (polideportivos, carreteras, colegios, hospitales) 
  • Evaluamos  cada  riesgo, estimando su peligrosidad y vulnerabilidad, ya sean naturales (inundaciones, nevadas, incendios, terremotos, etc...) o artificiales (Quimico, Mercancias peligrosas, atentado, etc..). Asi como el nivel de emergencia precisa para cada uno de ellos.
  • Valoramos la operatividad del Plan y la integración en Planes de ámbito superior.
  • Le asesoramos en todos los trámites necesarios para su Homologación.